lunes, 9 de noviembre de 2009

USO ADECUADO DE CARTELERAS

ASUNTO: Cumplimiento de la Resolución 612 de 2008

Por medio de la presente agradecemos el estricto cumplimiento de la Resolución 612 de 2008 “Por la cual se reglamenta el uso de las carteleras en los Centros de Formación, las Direcciones Regionales y la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.”

Lo anterior teniendo en que el derecho de información y la libertad de expresión, encuentran un límite, conforme lo ha establecido la Corte Constitucional en los siguientes términos: “…las libertades de expresión e información tienen en general un límite constitucional implícito en los derechos a la honra y al buen nombre.

Les recuerdo que el Artículo Tercero de la mencionada Resolución garantiza el uso apropiado de las cartelas en la Entidad al establecer las restricciones, en os siguientes términos:

1. No podrá publicarse en las carteleras de la entidad, contenidos que atenten contra la vida, dignidad y honra de las personas en general y en especial de los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA.
2. No podrá publicarse textos o imágenes de contenido político de cualquier índole, subversivo, violento, ilegal, obsceno, racista, discriminatorio y en general todo aquel que atente contra los intereses estatales e institucionales o en menoscabo de los derechos fundamentales.
3. Las carteleras institucionales no podrán ser utilizadas para realizar acosos, calumnias, injurias y difamación, o con la intención de intimidar, insultar o realizar cualquier otra forma de actividad hostil, en contra de los funcionarios del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA, de las autoridades legítimamente constituidas o del público en general.
4. Las carteleras institucionales no podrán utilizarse para publicar contenidos que atenten contra la moral o las buenas costumbres.
5. Se prohíbe fijar avisos, afiches o carteles con cualquier tipo de información por fuera de las carteleras ubicadas en los Centros de Formación, las Direcciones Regionales y la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA.
6. Toda información que se publique en las carteleras deberá ser firmada por el responsable del contenido de la misma.

Cordialmente,


Juan Bayona Ferreira
Secretario General

No hay comentarios.:

Publicar un comentario